Todo sujeto pasivo de la Ley de Cookies debe cumplir con dos obligaciones, la primera de ellas, es el deber de información, y la segunda, es la obtención del consentiemiento.
Deber de información
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¿Qué información debe facilitarse?
El apartado segundo del artículo 22 de la LSSI establece que se debe facilitar a los usuarios información clara y completa sobre la utilización de los dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos y, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Por lo tanto, la información sobre las cookies facilitada en el momento de solicitar el consentimiento debe ser suficientemente completa para permitir a los usuarios entender la finalidad para las que se instalaron y conocer los usos que se les darán.
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¿Cómo debe mostrarse esa información?
La información obligatoria podrá ofrecerse de diversas maneras. Entre los métodos más comunes destacamos:
1. El suministro de información a través de una barra de encabezamiento o en el pie de página, de forma suficientemente visible.
2. Al solicitar el alta en un servicio, o antes de descargar un servicio o una aplicación, podrá suministrarse esta información junto con la política de privacidad, o en los términos y condiciones de uso del servicio.
Obtención del consentimiento
Para cumplir con la normativa de la LSSI es necesario obtener el consentimiento del usuario. Este consentimiento podrá obtenerse mediante fórmulas expresas, como haciendo clic en un apartado que indique “consiento”, “acepto”, u otros términos similares. También podrá obtenerse infiriéndolo de una determinada acción realizada por el usuario, en un contexto en que a éste se le haya facilitado información clara y accesible sobre las finalidades de las cookies y de si van a ser utilizadas por el mismo editor y/o por terceros, de forma que quepa entender que el usuario acepta que se instalen cookies. En todo caso la mera inactividad del usuario no implica la prestación del consentimiento por sí misma.
Si todavia tienes alguna duda sobre las obligaciones establecidas por la Ley de Cookies, no dudes en consultarnos, en Pyme Up estamos encantados de poder ayudarte.
Noel G.R.